La Cuarta Sala de la Corte Suprema ordenó a la empresa Santa Isabel Administradora S.A. el pago de $119.207.700 por concepto de lucro cesante a un trabajador afectado por un accidente laboral. El siniestro, ocurrido mientras el afectado desempeñaba funciones como recepcionista, le provocó una incapacidad permanente del 45%, proyectándose como una merma significativa en su vida laboral futura.
La causa, que se arrastra desde el año 2021, indica que el trabajador de la empresa solo había conseguido una pequeña indemnización por daño moral pese al grave accidente que le produjo: "luxofractura de hombro izquierdo, fractura de húmero izquierdo, fractura de fémur y de huesos nasales". Esto tras caer de una altura de 2 metros mientras estaba en una jaula de un apilador eléctrico operado por otro trabajador.
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El tribunal acogió el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por el demandante, revocando así el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, que inicialmente desestimó el lucro cesante y solo otorgó $20.000.000 por daño moral. Según la Corte Suprema, la sentencia anterior incurrió en un error de derecho al no considerar los elementos objetivos que acreditaban la proyección razonable de la pérdida económica del trabajador.
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"La compensación por lucro cesante tiene por objetivo resarcir la ganancia futura esperada por el afectado que, debido a la incapacidad derivada del accidente, no podrá obtener en su plenitud", señaló el fallo. La resolución enfatizó que la permanencia del trabajador en la empresa no elimina la existencia del daño, ya que la indemnización busca reparar la pérdida proyectada hasta la edad de jubilación.
El fallo destacó también que el cálculo de la indemnización debe considerar los ingresos previstos que el trabajador habría recibido sin las limitaciones impuestas por su condición física, constituyendo un parámetro suficiente para determinar el monto final. Además, se especificó que la suma deberá ser ajustada con los correspondientes reajustes e intereses una vez que la sentencia quede ejecutoriada.
Tras 4 años del accidente, tener que seguir trabajando en la misma empresa y con el 45% de incapacidad laboral, el trabajador logró sortear todos los escollos que la empresa colocó en tribunales para conseguir la indemnización.
Foto de contexto: Carlos Figueroa