El pasado 23 de abril la defensa de Jordano Santander, preso político del «Caso PDI» de San Antonio, presentó a la Corte Suprema un recurso de nulidad frente a la condena por supuesto homicidio frustrado, daños calificados y receptación. El máximo tribunal debería decidir esta semana si declara la admisibilidad y conoce la solicitud o la deriva a la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
Por Juan Contreras Jara
Jordano Santander, trabajador de 36 años de edad, fue condenado el pasado 13 de abril por el Tribunal Oral en lo Penal de San Antonio, entre otros, a 5 años y un día de presidio por un supuesto homicidio frustrado contra un policía, "utilizando únicamente como pruebas las declaraciones de los funcionarios de la PDI", encareció Betsabé Carrasco, defensora del preso político.
Además, se le condenó a 540 días por dañar parte de los ventanales del cuartel de la PDI -donde fue posteriormente torturado- y la mampara de la Fiscalía en San Antonio, así como una pena de 300 días por receptación.
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En primera instancia Fiscalía solicitaba 30 años de cárcel para los cuatro presos políticos del Caso PDI, luego de que la gobernadora de San Antonio, Gabriela Alcalde, y el intendente de Valparaíso, Jorge Martínez, invocaran la Ley de Seguridad del Estado en su contra, la que fue desestimada por el tribunal.
Hay que destacar que los mismos funcionarios de la PDI que declararon contra Jordano fueron quienes lo torturaron -a él y a los otros tres presos políticos involucrados- al interior del cuartel policial, situación que ya está encauzada en una querella puesta por la defensa de Santander y el INDH.
Los fundamentos de la defensa para solicitar la nulidad
Desde la defensa del preso político explicaron a RESUMEN que existen dos líneas de cuestionamiento a la decisión del TOP de San Antonio. Por un lado, Carrasco puntualizó que "las declaraciones de tres funcionarios policiales que dicen que Jordano tenía animo doloso, animo homicida, que quería atropellar al funcionario policial, se contradicen entre sí. Básicamente porque sitúan el sitio del suceso en diferentes lugares, describen situaciones diferentes uno de otro, entonces no son coincidentes".
El segundo fundamento para rebatir la decisión del tribunal porteño, en cuanto al supuesto dolo homicida de Jordano, apunta a la supuesta abolladura de un vehículo policial. La defensora explicó que, "esa abolladura ocurrió cuando el funcionario policial supuestamente saltó para que jordano no lo atropellara. Sin embargo, el auto que conducía Jordano no mantiene ningún tipo de daño. Esto es ilógico e infringe lo que se llama máxima de la experiencia. ¿Cuál es ésta? Que si dos autos chocan los dos mantienen abolladuras".
Querella por tortura contra funcionarios de la PDI de San Antonio y modus operandi para justificarlas
Es necesario recalcar que la condena de 5 años y 1 día contra Jordano Santander no fue más que el resultado la declaración de los mismos funcionarios de la PDI hoy acusados de torturas y apremios ilegítimos. No hay ninguna otro medio de corroboración. "No hay videos, no hay un testigo civil, nada. Eso le quita peso a la acusación", fustigó la defensora Betsabe Carrasco.
Luego de su detención, el pasado 4 de marzo de 2020, Jordano, Claudio, Jorge y Patricio fueron torturados por efectivos de la PDI al interior de su cuartel en San Antonio. Mediante los agravios los funcionarios policiales que declararon contra Jordano, los golpearon brutalmente, insultaron y amenazaron con el fin de obtener una declaración y acceso a sus celulares, pese a que ya había una orden del tribunal para dicha pericia. Todo lo anterior está respaldado a través de un certificado de lesiones.
En este sentido, la abogada relató que el modus operandi de las policías al momento de ser acusadas por torturas es imputar hechos gravosos respecto de los acusados, como en el caso de Jordano y la acusación de homicidio frustrado. Hay que enfatizar que la supuesta víctima, el policía Hugo Gutiérrez, no tiene ninguna lesión, situación comunicada al tribunal por él mismo funcionario.
Por este motivo, Betsabé Carrasco puntualizó que "en la etapa inicial señalamos que las pruebas tenían que excluirse porque habían sido obtenidas de forma fraudulenta, apropósito de la tortura de los chicos", pero el tribunal desestimó el alegato. Durante el juicio oral la defensa de Jordano nuevamente hizo hincapié en las torturas pero la respuesta fue que debían abordarse por separado.
El problema, enfatizaron desde la defensa del preso político, es que quienes estarían investigando los hechos de tortura en su contra, serían funcionarios de la Brigada de DDHH de la misma PDI y la Fiscalía de Valparaíso. Ambas instituciones actuaron en conjunto para motivar la condena de 5 años y un día por homicidio frustrado en su contra. Por este motivo buscan la inhabilitación de la Fiscalía que lo investigó y que asuma otra que actúe desde la imparcialidad.
De esta forma las redes de apoyo, familia y defensa de Jordano Santander permanecen alerta frente a la decisión de la Corte Suprema y aseguraron que seguirán hasta el final con la querella por torturas contra los funcionarios de la PDI.