[resumen.cl] Este martes el ministro en visita para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana, dictó acusación en contra de ex miembros de Carabineros y de ex funcionarios de la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones (CMPC) de Laja, por los delitos de homicidio calificado e inhumación ilegal de 19 obreros y campesinos, perpetrados en septiembre de 1973, en el caso denominado «Masacre de Laja-San Rosendo».
En la resolución (causa rol 27-2010), el ministro Aldana acusó al ex oficial de Carabineros, Alberto Juan Fernández Michel, y a los ex Carabineros: Lisandro Alberto Martínez García, Luis Antonio León Godoy, Gerson Nilo Saavedra Reinike, Pedro del Carmen Parra Utreras, Gabriel Washington González Salazar, Samuel Francisco Vidal Riquelme, Víctor Manuel Campos Dávila y Nelson Casanova Salgado, en calidad de coautores de los homicidios calificados de las 19 víctimas del hecho represivo criminal: Fernando Grandón Gálvez, Jorge Andrés Lamana Abarzúa, Rubén Antonio Campos López, Juan Carlos Jara Herrera, Raúl Urra Parada, Luis Armando Ulloa Valenzuela, "scar Omar Sanhueza Contreras, Dagoberto Enrique Garfias Gatica, Luis Alberto del Carmen Araneda Reyes, Juan Antonio Acuña Concha, Juan de Dios Villarroel Espinoza, Heraldo del Carmen Muñoz Muñoz, Federico Riquelme Concha, Jorge Lautaro Zorrilla Rubio, Manuel Mario Becerra Avello, Jack Eduardo Gutiérrez Rodríguez, Mario Jara Jara, Wilson Gamadiel Muñoz Rodríguez y Alfonso Segundo Macaya Barrales.
Asimismo, acusó a los también ex funcionarios policiales José Jacinto Otárola Sanhueza, Mario Sebastián Montoya Burgos, Manuel Cerda Robledo y Anselmo de Carmen San Martín Navarrete como encubridores de los mismos delitos en perjuicio de las personas referidas.
Además, el ex oficial de carabineros René Urrutia Elgueta, fue sindicado como autor del delito de inhumación ilegal de las 19 víctimas.
Funcionarios CMPC
En marzo pasado, la Corte penquista dictaminó el procesamiento de cuatro ex funcionarios civiles de la CMPC por su implicancia y participación en los delitos. Esta decisión de la Corte obligó a Aldana a dictar acusación contra tres de estos funcionarios de la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones (CMPC), pese a que inicialmente se había negado siquiera a encausar a estos represores civiles. Ahora, el ministro Aldana acusó al exjefe de seguridad de la empresa, Pedro Jarpa Foerster, en calidad de cómplice de los delitos de homicidios de siete víctimas: Fernando Grandón Gálvez, Jack Gutiérrez Rodríguez, Heraldo Muñoz Muñoz, Raúl Urra Parada, Federico Riquelme Concha, Juan Villarroel Espinoza y Wilson Muñoz Rodríguez.
Mientras tanto, a Alejandro Lionel Aguilera Covarrubias (exejecutivo de la CMPC) y Rodolfo Román Román (exchofer), los responsabilizó como cómplices de los 19 homicidios calificados.
En la etapa de investigación, el ministro en visita logró determinar que entre los días 13 y 17 de septiembre de 1973, en las comunas de Laja y San Rosendo, fueron detenidas, por personal de la Tenencia de Carabineros de Laja, sin orden judicial ni administrativa competente, y trasladados hasta la referida unidad policial las 19 víctimas ya mencionadas, desde la CMPC y otras empresas y sectores rurales de la zona.
Las referidas víctimas fueron ingresados en los calabozos de la señalada unidad policial, permaneciendo en ellos hasta la noche del 17 de septiembre de 1973, oportunidad en la que fueron sacados por el personal uniformado y subidos a vehículos de CMPC, para ser, supuestamente, trasladados hasta el Regimiento de la ciudad de Los Ángeles; sin embargo, mientras iban transitando por la Ruta Q-90, a la altura del Puente Perales, la comitiva ingresó por un camino lateral internándose en el denominado Fundo San Juan, de la comuna de Yumbel, donde el personal de Carabineros de la Tenencia de Laja, quienes iban armados de fusiles y carabinas, las hizo descender de los vehículos, obligándolas a colocarse en el suelo, tendidas una al lado de otra, boca abajo y amarrados de manos, procediendo los funcionarios policiales a ubicarse detrás de ellos, momento en que el oficial a cargo a un costado, quien premunido de su revólver, dio la orden de dispararles la cual fue cumplida por los uniformados presentes, posicionados en la línea de disparar, impactando con las balas los cuerpos de los detenidos, produciéndoles lesiones que le causaron la muerte.
Posteriormente, los mismos policías, premunidos de palas que portaban al efecto, cavaron una fosa de 60 centímetros de profundidad donde arrojaron los cuerpos, los que cubrieron con una capa de tierra. Finalizado este operativo, retornaron a la Tenencia de Laja, guardando silencio respecto de lo ocurrido. Días después funcionarios de Carabineros volvieron al sector para tapar los cuerpos con cal, de aquella que se utilizaba en la CMPC, la cual habría sido proporcionada por funcionarios de la empresa.
A fines de octubre de 1973, perros del sector encontraron restos humanos, hecho del cual se percató una persona que transitaba por ese lugar, dando cuenta a Carabineros de Yumbel. Ante esta denuncia, el comisario Héctor Rivera Rojas, ordenó al entonces oficial de órdenes, teniente René Luis Alberto Urrutia Elgueta que se constituyera en el lugar, quien ratificó el hallazgo al comisario para, finalmente, trasladar las osamentas directamente al cementerio parroquial para su sepultación en una fosa común, lo que cumplió Urrutia utilizando un coloso tirado por un tractor, en horas de la noche, durante la cual regía el toque de queda.
Que este procedimiento, se hizo sin practicar a los cadáveres encontrados la autopsia de rigor y fueron inhumados sin obtener la correspondiente autorización sanitaria, como tampoco la competente orden judicial.
En esta causa se abre ahora la etapa de plenario luego de la cual el ministro Aldana debe dictar sentencia.