[resumen.cl] Pese a ser reformalizado por homicidio simple, la jueza Humilde Silva del Juzgado de Garantía de Talcahuano desestimó la solicitud de prisión preventiva para Leonardo Esteban Medina Caamaño, infante de marina imputado por el asesinato de Manuel Rebolledo tras arrollarlo con su patrulla militar el 21 de octubre de 2019, días después del inicio del Estallido Social. La medida era solicitada por Fiscalía, el INDH y la familia, sin embargo, Silva sólo estableció la cautelar de firma mensual y arraigo, por lo que podrá seguir ejerciendo funciones.
El pasado 10 de junio, el tribunal porteño reformalizó al infante de marina Leonardo Esteban Medina Caamaño, imputado por el crimen del poblador Manuel Rebolledo durante el Estallido Social tras la exigencia de la familia del poblador y redes de apoyo.
En dicha instancia se fijó la audiencia de cautelares para el día de ayer, martes 29 de junio. Al momento de leer la cautelar, la jueza Humilde Silva desestimó prisión preventiva solicitada tanto por el Ministerio Público, el INDH y la familia de la víctima.
Al respecto, la magistrada señaló que «Me voy a referir específicamente a la letra C del Artículo 140, la que le permite al tribunal, cuando hay antecedentes calificados, determinar la prisión preventiva cuando sea indispensable para el éxito de la diligencia precisa y determinada de la investigación, cuyo no es el caso, que la libertad del imputado sea peligrosa para la seguridad de la sociedad, en este caso se trata de una persona que tiene irreprochable conducta anterior y no hay reiteración de delitos más allá de la pena que se pueda aplicar al ilícito por el cual ha sido formalizado en esta audiencia, y el último elemento que le podría permitir al tribunal acceder a la petición del Ministerio Público y los querellantes sería el peligro de fuga, que tampoco es un antecedentes que el tribunal pueda considerar en este minuto, toda vez que el imputado se ha presentado a las audiencias judiciales, está presente en esta audiencia, por lo tanto eso unido a su irreprochable conducta anterior, no le permite al tribunal estimar que hay un peligro de fuga».
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Finalizando que «Teniendo en consideración entonces que no se dan los requisitos del artículo 140 a juicio de esta jueza en relación a la letra C, no se da a lugar a la petición del Ministerio Público en orden a decretar la prisión preventiva del imputado».
Conocida la decisión del tribunal, la familia de Rebolledo inmediatamente manifestó su rechazo y anunció que recurrirá a la Corte de Apelaciones de Concepción:
Asimismo, algunas manifestaciones se produjeron en el Cruce Gaete, en el ingreso por Colón a la Población Libertad, en rechazo a la cautelar adoptada.