Una semana cumplió hoy preso en Santiago 1, por supuesta infracción a la Ley 20.000, el activista de Derechos Humanos y sacerdote Rastafari, Dago Pérez Videla. Contraviniendo lo estipulado en la Ley 19.638, que asegura a las personas la no discriminación por sus creencias religiosas y de culto, la PDI lo detuvo, requisando sus herramientas de trabajo y materias primas con las que se desenvuelve como naturópata a través del uso medicinal de la marihuana, elemento que aparte de ser utilizado terapéuticamente, representa un sacramento para su cultura y fe.
Por Juan Contreras Jara
La noche del pasado viernes, personal de la PDI detuvo a Dago Pérez Videla en su domicilio debido a una llamada anónima que acusaba una supuesta transgresión a la ley de drogas. Contraviniendo normas constitucionales, sin la orden de un fiscal e ignorando absolutamente la utilización medicinal y espiritual, que según su fe Rastafari el luchador social da a la marihuana, los funcionarios policiales lo apresaron requisando sus materias primas y herramientas de trabajo.
Actualmente, el profeta Rastafari y activista por los DDHH -hijo de Lumi Videla y Sergio Pérez, militantes del MIR asesinadas durante la dictadura cívico militar chilena- se encuentra en prisión preventiva, enfrentando una investigación de cuatro meses. Debido a las gestiones de su abogado, Dago Pérez Videla pudo conservar sus dreadloks, barba y su tam (gorra característica Rastafari), implementos alejados absolutamente de lo estetico y por el contrario, de importante carga espiritual según su fe.
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Según el abogado Pablo Villar, parte de la Defensoría Penal Pública y defensor de Dago Pérez Videla, «se le sometió a la medida cautelar más gravosa, que es la prisión preventiva, pese a que la pena que él arriesga es una pena que podría cumplir en libertad, lo que nos dice entonces que la prisión prevetiva es desproporcionada. Se está usando una medida cautelar más gravosa que lo que arriesga».
Al igual que con las y los presos del Estallido o de la lucha Mapuche, a Dago Pérez Videla le estarían aplicando la prisión preventiva como una condena anticipada y que no tendría sustento legal considerando su intachable conducta anterior y el arraigo familiar, social y laboral que mantiene, por lo que no representaría un peligro ni para la sociedad ni para la investigación. En este sentido, su abogado comentó que, «lamentablemente esta es una práctica muy extendida en la actualidad en el sistema procesal penal».
Por lo pronto, la defensa y redes de apoyo de Dago Pérez Videla preparan, por medio de un trabajo interdisciplinario, los antecedentes que comprueben que, «su actividad corresponde a un ejercicio legítimo de un derecho, que es la libertad de culto y conciencia y que él es naturótapa certificado por el ministerio de Salud».
Villar acotó que, «en el fondo, lo que él hace, en su libertad de culto y conciencia es ser sacerdote Rastafari. Para ellos, la cannabis es una planta sagrada y medicinal, es un sacramento. La sanación espiritual, física y mental es una sola cosa para los (las) Rastafari, por eso estamos trabajando con profesionales de las ciencias sociales y médicas, para esclarecer el hecho y la cantidad de plantas, y entender en el fondo, que su actividad obedece al legítio ejercicio de un derecho».
La comunidad Rastafari en Chile y un nuevo evento de discriminación en su contra
Tras la detención y encarcelamiento de Dago Pérez Videla en Santiago 1, la comunidad Rastafari manifestó su repudio a lo que califican como un hecho discriminatorio de corte colonial y religioso y que sigue reproduciendo las lógicas de exclusión que han debido resistir durante los 30 años que lleva en Chile dicha expresión de fe.
Desde la posibilidad de vestir sus atuendos tradicionales o utilizar la barba y el pelo como lo sienten según su fe, en sus puestos de trabajo o estudio, son constantemente trabas para las y los Rastafari, lo que en palabras del sociólogo y también Rastafari, Nicolás Pozo, tiene que ver con que «es una cultura y tradición que no es no es la hegemónica, no es la religión católica, por ejemplo. Es una fe que tiene fundamentos de liberación y anticolonial».
El profesional comenta que la situación de Dago Pérez Videla contradice no solo normativas chilenas en materia de libertad de culto o creencias, por lo que hace hincapié en que, «está garantizado en la declaración universal de los Derechos Humanos, desde ahí para abajo, el derecho de la libertad de culto y de ejercerlo sin que nadie te lo pueda negar, prohibir o reprimir».
Desde la normativa constitucional, el abogado Pablo Villar explicó que, «el art. 19 N°6 de la Constitución establece la libertad de culto y el art. 19 N°1 habla sobre la integridad física y psíquica, que es lo que Dago busca cautelar con su actividad de sanación y el art. 1 de la Constitución señala que el Estado está al servicio de la persona humana y debe velar por su desarrollo espiritual».
Sobre la normativa vigente, Nicolás Pozo recalcó que, «exigimos que esto se cumpla a la altura adecuada. La ley 20.000 queda a libre interpretación de los jueces y no se logra la profundidad que necesitamos, quienes decimos libremente que la marihuana no es una droga, si no que parte de nuestro desarrollo espiritual e integral. Dago es naturópata y hace distintos tipos de extracciones con los que ayuda a mucha gente con sus afecciones físicas. La salud también tiene que ver con el desarrollo integral y es allí, como Rastafari -y Dago lo es hace décadas-, donde desarrollamos esa comunión con la planta, a través del su uso ceremonial y sacramental, que también tiene que ver con la salud».