[resumen.cl] De forma unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó los reclamos presentados por cinco Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) sobre la decisión del Consejo para la Transparencia que ordenaba la entrega de información respecto a las comisiones que son efectivamente pagadas por los fondos de pensiones.
La Corte de Apelaciones de Santiago falló, de forma unánime, en contra de reclamos presentados por cinco Administradoras de Fondos de Pensiones que apelaban a la ilegalidad de la decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT) respecto a que se debía hacer entrega de la información correspondiente a las comisiones que efectivamente son pagadas por los fondos de pensiones en base al concepto administración de inversiones.
La información, confirmada por el medio Diario Constitucional, da cuenta de que las Administradoras que presentaron el reclamo en cuestión fueron Provida, Modelo, Cuprum, Capital y Habitat, siendo desestimado por la Séptima Sala del Tribunal y ratificándose lo establecido por el CPLT.
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Así, el fallo establece que el concepto de administración de inversiones en base a fondos de origen nacional o extranjeros tiene el carácter de público.
Por ende, el rol de las Administradoras tendría que supeditarse a aspectos propios del ámbito público considerando, entre otras cosas, que sus deberes son vigilados por órganos estatales.
Asimismo, la información solicitada respecto a las comisiones efectivamente pagadas no se encuentra prohibida por ley, además de no trastocar los derechos económicos y comerciales a los que habrían apelado las AFP.